Saturday, December 6, 2014

Arquitecturas de los Estados y la Integridad Territorial de la Madre Tierra


Descolonización de la Madre Tierra

Arquitecturas de los Estados
y la

Acuerdo de Principios y Propósito

Reunidos en la Cumbre de los Pueblos Frente el Cambio Climático, en Lima, Perú y en la plena realización de la urgencia por acción definitiva basado de nuestras prerrogativas mutuamente compartidos como Pueblos de la Madre Tierra, que incluyen los Derechos Humanos de las generaciones futuras, y en la afirmación de nuestras responsabilidades igualmente compartidas a la Madre Tierra como comunidades emparentados por ella en todo el planeta, nos dirigimos a la Cumbre COP20 y la totalidad de la sociedad humana a PROCLAMAR:

Las arquitecturas de los Estados y sus Acuerdos son insuficientes, incompetentes y no representativos de nuestra voluntad política y nuestra autodeterminación como pueblos de la Madre Tierra para abordar las causas sistémicas del cambio climático con el enfoque integral y equitativo necesario para evitar el colapso de ecosistemas y la TERRACIDIA.

Como Pueblos de la Madre Tierra, colectivamente determinamos a regenerar las relaciones entre nosotros mismos dentro de un clima cultural de Respeto Mutuo, la Inclusión, la Complementariedad y la Libre Determinación más allá de las limitaciones actuales de los sistemas internacionales de la soberanía de los Estados y en la responsabilidad para el bienestar de la las generaciones futuras;
Reconociendo que a menos que esta dimensión fundamental de las relaciones internacionales entre las sociedades humanas a nivel planetario sea reconocido,  establecido y afirmado, no habrá progreso sostenible para hacer frente de manera eficaz y en tiempo frente el escenario de Caos Climático que ahora acontece toda la Humanidad debido al impacto sobre Clima Global exacerbado por las emisiones de gases de efecto invernadero por la sociedad industrial y las industrias extractivas en particular, y en complicidad con los gobiernos nacionales de los estados y los sistemas internacionales monetarios y las instituciones existentes. 

Por lo tanto proclamamos y por la presente reafirmamos en Responsabilidad colectiva como Pueblos de la Madre Tierra, en Igualdad con todos los Pueblos, nuestro derecho colectivo de Representación y Libre determinación para abordar las cuestiones antes de la COP20 mas allá de las limitaciones de la arquitectura de los Estados y sus acuerdos.

Además afirmamos y proclamamos en el ejercicio plena, efectiva, y completo de nuestra Derecho de Libre determinación compartida igualmente como Pueblos de la Madre Tierra, que nuestra sagrada Madre Tierra es sujeto del Derecho de Libre determinación más allá de las limitaciones jurídicas del sistema Westfaliano de Soberanía de los Estados representados en el sistema de las Naciones Unidas y las arquitecturas internacionales de personalidad y los procedimientos de negociación y acuerdos;


Por lo tanto:

Declaramos nuestra INTERDEPENDENCIA y Solidaridad como pueblos de la Madre Tierra y exigimos el reconocimiento, el respeto y la protección de los constituyentes particulares y integrales de nuestros Pueblos de la Madre Tierra como se representa en nuestras responsabilidades para con la cuencas Tierra:Agua y El Mar (hidrosfera) del planeta, más allá de las limitaciones inconexas y corruptos del sistema Westfaliano de soberanía de los estados representados en el sistema de las Naciones Unidas y las actuales arquitecturas internacionales de personalidad y los procedimientos de negociación y acuerdos;

Tales principios de Reconocimiento, el Respeto y la Protección a continuación, se instituyeran para abordar las responsabilidades ecológicas corolarios como están inscritos en las cuestiones climáticas de las interrelaciones del Viento:Sol, es decir, los sistemas energéticos atmosféricas y planetarias de la Madre Tierra, tanto naturales como tecnológicos, incluyendo las emisiones de gases de efecto invernadero.



En cumplimiento de lo que afirmamos y ahora proclamamos nuestro compromiso mutuo de defensa y protección de la Integridad Territorial de la Madre Tierra como un principio fundamental del Derecho Internacional que integra el Derecho a la Libre Determinación de las Naciones de Pueblos Originarios para intervenir en la defensa de la Madre Tierra y tomar las medidas correctivas necesarias en el ejercicio pleno del derecho de Consentimiento Libre, Previo e Informado en defensa de sus territorios y naciones.

 NAHUACALLI
Embajada de Pueblos Indigenas
www.nahuacalli.org

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